Propiedad, un derecho.


Uno de los elementos que más permiten evaluar la naturaleza del socialismo es el tratamiento que las distintas subvertíentes de esa ideología da al Derecho de Propiedad.

Es consabido el rotundo fracaso que plantea la eliminación –o según el diccionario marxista- “la comunalizacion de la propiedad”, es por ello que no voy a entrar de lleno en la evaluación de esa propuesta, ya que es universalmente aceptada la necesidad de que la propiedad privada sea respetada o que al menos exista.

Ahora bien, lo que sigue siendo un estigma de la social democracia, y de múltiples y variopintos proyectos políticos que hacen vida en nuestro país y alrededor del mundo, es la aceptación de determinados elementos de la propiedad (uso, goce y disposición), pero a su vez sujetan el ejercicio de esa derecho a la circunstancia de que debe estar condicionada.

¿Responsabilidad Social?

A mi parecer, la teoría general de las obligaciones tal como la conciben y la plantean la mayoría de los códigos civiles basados en el Napoleónico, es sin duda una gran contribución al ideal libertario que tanta falta nos ha hecho dentro de nuestros ordenamientos jurídicos. Tal como esta dispuesta en el articulado del código civil, la teoría general de las obligaciones es una obra maestra en cuanto a tratado de derecho privado se refiere, ya que logra preservar espléndidamente, la relación de causalidad y efecto propia del correcto (e incorrecto) uso de la libertad y la responsabilidad que va aparejada con ella.